martes, 2 de septiembre de 2008

CNE se niega a realizar referendos y elecciones

Sorpresivamente y cuando volvían a soplar vientos electorales, la Corte Nacional Electoral (CNE) rechazó el llamado “decretazo” 29691 que convoca a referendo dirimidor y aprobatorio del proyecto de la nueva CPE y llama a elección de prefectos de La Paz y Cochabamba, de subprefectos y consejeros departamentales en las nueves regiones del país.
La decisión fue asumida la tarde de este lunes en reunión de Sala Plena del organismo electoral y comunicada anoche mediante carta al presidente en ejercicio, Álvaro García Linera, en la que explica “los impedimentos legales” por los cuales objeta la convocatoria múltiple fijada para el 7 de diciembre próximo.
Los vocales encontraron impedimentos legales y la necesidad de una Ley del Congreso para ejecutar los referendos dirimitorio y por la nueva Constitución, y otra Ley Complementaria para las elecciones de consejeros departamentales y subgobernadores.
Es la segunda vez que el organismo nacional rechaza un referéndum por la nueva CPE por no cumplir la ley, antes lo había fijado para el del 4 de mayo, pero no fue aceptado porque los plazos para la consulta no eran los establecidos en el Código Electoral.
En la reunión de sala plena sólo participaron el presidente, José Luis Exeni y la vocal Amalia Oporto, ante la ausencia del vicepresidente Jerónimo Pinheiro, quien pidió licencia por salud. Pinheiro se convirtió en el vocal disidente de las decisiones de Exeni, a quien acusaron de parcialidad al gobierno por ejecutar el referéndum revocatorio, a pesar de las críticas de “ilegalidad”.
En la carta a Álvaro García, le recuerdan al gobierno que existe una resolución de la CNE del 7 de marzo, “irrevisable e inapelable” reconocida por el Presidente y Vicepresidente, donde establece que la convocatoria a las consultas dirimitorias y por la nueva Constitución deben fundamentarse en una Ley del Congreso, de lo contario se suspende toda ejecución.
En cuanto a la elección de los prefectos en La Paz y Cochabamba, regiones donde las autoridades fueron revocadas el 10 de agosto, el plazo de 102 días es insuficiente y no cumple con los 120 días requeridos.
Por la elección de los consejeros departamentales y subprefectos, aclara que no está regulada en el Código Electoral, por tanto necesitan una Ley Especial Complementaria.
Horas antes de las resoluciones del organismo nacional, la Corte Departamental en Santa Cruz se negó a llevar adelante este proceso, por no existir sustento legal, transparente ni imparcial.
El vocal cruceño, José Ernesto Zambrana, denunció que más de 150 mil carnet de identidad fueron encontrados sin un certificado de nacimiento, por tanto pidieron una auditoría no sólo al padrón sino también a identificación Personal. La Corte Nacional en reacción abrió el padrón nacional para una auditoría entre septiembre a diciembre, con la participación de la OEA, ONU y la Unión Europea. Además establece “modificaciones urgentes” a la normativa electoral.
El viceministro de Descentralización, Fabián Yasick, explicó que están esperando que les llegue la comunicación oficial para poder reunirse en gabinete y dar una posición oficial.
El Nuevo Día

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